1 – Cumplir la obra prescrita, con la intención (al menos habitual y general) de ganar la indulgencia.
2 – Confesión y comunión (también en la semana que precede o sigue a la obra prescrita)
3 – Visita, se es exigida, de una iglesia y oratorio público; se puede hacer desde mediodía del día anterior.
4 – Rezar de cualquier manera, según las intenziones del Sumo Pontífice, es decir:
Exaltación de la Fe; Extirpación de las herejías; Conversión de los pecadores; Paz entre los príncipes cristianos.
5 – Estar en estado de gracia.
I - Todo el año
1 - Requiem æternam… : 300 días c. v. (cada vez) 2 - Pie Jesu Domine, dona eis requiem sempiternam: 300 días c. v. 3 - Maitines y Laudes del Oficio de los Difuntosi: 7 años, Plenaria si durante un mes. CC 4 - Un Nocturno y Laudes del Oficio de los Difuntos: 5 años, Plenaria si durante un mes. CC 5 - Vísperas del Oficio de los Difuntos: 5 años. 6 - De profundis: 3 años [5 años durante el mes de Noviembre], Plenaria si durante un mes. CC 7 - Pater- Ave- Requiem: 3 años, Plenaria si durante un mes. CC 8 - Miserere: 3 años, Plenaria si durante un mes. CC 9 - Dies Iræ: 3 años, Plenaria si durante un mes. CC 10 – Visita a un cementerio, con cualquier oración, también mental, por los difuntos: 7 años. 11 – Recitación de cualquier oración o ejercicio de piedad por los difuntos con la intención de proseguir durante 7 o 9 días seguidos: 3 años, 1 vez al día. Plenaria si durante 7 o 9 días seguidos con las condiciones de costumbre.
II - Misas d noviembre
Cualquier oración o ejercicio de piedad en sufragio de los difuntos: 3 años, 1 vez al día. Plenariasi cada día del mes, con las condiciones de costumbre.
III - Durante l Octava de la Conmemoración de los difuntos
(desde el 2 al 9 de noviembre), Indulgencia Plenaria por la visita a un cementerio con una oración cualquiera, también mental, por los difuntos. Una vez al día con las dondiciones de costumbre.
IV - El 2 de noviembre y el Domingo siguiente
(Por tanto en la Octava) Indulgencia Plenaria por la visita a una iglesia u oratorio público recitando 6 Pater-Ave-Gloria. Cada vez.
V - Por los fieles que han hecho acto heroico de caridad por las Ánimas del Purgatorio
Indulgencia Plenaria, con las condicines de costumbre:
- todo el año en cada comunión hecha en una iglesia u oratorio público. - cada lunes - y, si non se puede, el domingo siguiente- al asistir a una Misa por las Ánimas del Purgatorio. - Para los sacerdoes que han hecho el acto heroico de caridad, altar privilegiado.
Notas CC = Condiciones de costumbre c.v. = cada vez
Extraído de: Enchiridion indulgentiarum, Poliglotte Vaticane 1950